Cómo se juega a la Quiniela de Córdoba
Qué decidís vos en el mostrador y qué queda fijado por el reglamento.
Jugar online (+18) →Para jugar a la Quiniela de Córdoba se elige el turno, el número, cuántas cifras y hasta qué orden del extracto; la terminal emite un comprobante que es el único documento válido para cobrar.
Los pasos de una jugada
- En la agencia se indican cuatro cosas: el turno —La Previa, La Primera de la Mañana, Matutina, Vespertina, Nocturna y La Turista—, el número, cuántas cifras se juegan y hasta qué orden del extracto.
- La jugada directa puede ir a la última cifra, a las dos, a las tres o a las cuatro últimas; jugada a una sola cifra, la extensión no puede pasar del quinto orden (Art. 17).
- La redoblona combina dos números de dos cifras en órdenes distintos y se admite hasta el 1°, 5°, 10°, 15° y 20° orden.
- El organismo informa los límites vigentes: apuesta mínima total $20,00, mínima por renglón $100,00 y máxima por renglón $9.999,00; por ticket, un mínimo de $400,00 y un máximo de $100.000,00.
- La terminal emite un comprobante con el número jugado, la apuesta, el identificador del ticket, la agencia, el concurso y el código de lotería apostada (Art. 14 c).
- Si el comprobante no coincide con lo pedido, hay derecho a rechazarlo antes de pagar la apuesta y exigir uno correcto; después no se admiten reclamos (Art. 15).
Las cuatro decisiones que se toman en el mostrador
Una jugada de quiniela se arma con cuatro datos: el turno, el número, cuántas cifras de ese número se juegan y hasta qué orden del extracto. Los órdenes admitidos son ocho y están cerrados por el reglamento: 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 10°, 15° y 20°. No hay posiciones intermedias, así que no existe una jugada «a los siete» ni «a los doce».
Sobre esas decisiones se aplican los límites que informa el organismo: apuesta mínima total de $20,00, mínima por renglón de $100,00 y máxima por renglón de $9.999,00; por ticket, un mínimo de $400,00 y un máximo de $100.000,00. El organismo se reserva fijar esos mínimos y máximos y puede modificarlos.
La jerga: cifras, primera y redoblona
Buena parte de las dudas al jugar no son sobre las reglas sino sobre las palabras. Jugar «a primera» es apostar a la posición 1 del extracto. Jugar «a los cinco» o «a los diez» es apostar a que el número aparezca dentro de las primeras cinco o diez posiciones, no a que salga exactamente ahí: el organismo lo aclara con esas mismas palabras.
Las cifras funcionan igual de concreto: se puede jugar la última cifra, las dos últimas, las tres o las cuatro. Hay una restricción que se pasa por alto seguido: jugando a una sola cifra, la extensión no puede superar el quinto orden. Y la redoblona combina dos números de dos cifras en órdenes distintos, exigiendo que se cumplan las dos condiciones para pagar.
El comprobante: qué debe decir y qué hacer si está mal
Una vez validada la jugada, la terminal emite un comprobante donde constan los números jugados, la apuesta, el monto, el identificador del ticket, la agencia, el concurso del que participa y el código de lotería apostada. Ese papel es el único elemento válido para acreditar la participación y percibir un acierto.
El momento de revisarlo es antes de pagar. Si el comprobante no coincide con la apuesta que querías hacer, o está alterado o corregido, tenés derecho a no aceptarlo y a exigir uno correcto, sin enmiendas. Después del pago no se admiten reclamos, y los comprobantes corregidos o enmendados quedan directamente fuera del circuito de cobro.
Los veinte minutos de la anulación
Si por alguna razón hay que anular una jugada después de emitido el comprobante, la agencia lo retiene y lo anula de forma visible, o lo cancela por el propio sistema si fue emitido por otro medio. El plazo para hacerlo es corto y está escrito: no más de 20 minutos desde que se realizó la jugada.
Del otro lado del mostrador esa anulación deja rastro. Los comprobantes físicos de jugadas anuladas deben conservarse 180 días y exhibirse ante el simple requerimiento del organismo; los demás comprobantes que emiten las terminales se guardan 90 días. Es la razón por la que una anulación no se resuelve «de palabra».